(Plazo de estudio).- El plazo fijado por el artículo 14, inciso 1° de
la Ley N° 9.594, de 12 de setiembre de 1936, será de cuarenta y cinco
días si se trata de un recurso contra una sentencia interlocutoria.
(*)Notas:
Ver vigencia: Código General del Proceso de 18/10/1988 artículos 245, 246
y 254.