LEY DE REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 25/09/1946
Publicación: 09/10/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 991
Ver: Ley Nº 16.871 de 28/09/1997 Nueva Ley de Registros Públicos,
      Decreto Ley Nº 15.514 Derogada/o de 29/12/1983 artículo 87,
      Decreto Ley Nº 14.261 de 03/09/1974 artículo 43,
      Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículos 55, 57, 58, 59, 60, 61 Derogada/o, 62 y 
63.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   La omisión de la inscripción en el plazo indicado será penada con una multa igual al importe de los derechos de la inscripción respectiva.
   (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) derogado/s por: Ley Nº 13.637 de 21/12/1967 artículo 130.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 10.793 de 25/09/1946 artículo 8.
Ayuda