LEY DE REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 25/09/1946
Publicación: 09/10/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 991
Ver: Ley Nº 16.871 de 28/09/1997 Nueva Ley de Registros Públicos,
      Decreto Ley Nº 15.514 Derogada/o de 29/12/1983 artículo 87,
      Decreto Ley Nº 14.261 de 03/09/1974 artículo 43,
      Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículos 55, 57, 58, 59, 60, 61 Derogada/o, 62 y 
63.
Referencias a toda la norma

Del efecto de las Inscripciones

Artículo 43

   La inscripción de las promesas de enajenación de inmuebles a plazos producirá los efectos previstos en la ley número 8.733 de 17 de junio de  1931.
   Los actos realizados por personas inhibidas o sobre bienes embargados o 
reivindicados podrán ser anulados sólo a pedido de la parte que solicitó 
la inscripción o de sus sucesores.
   La acción de nulidad de actos realizados sobre bienes embargados no 
proseguirá si se desinteresa el acreedor embargante.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 49.
Referencias al artículo
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