CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACION Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO TELEVISION




Promulgación: 08/09/1986
Publicación: 28/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el decreto 178/985 de fecha 10 de mayo de 1985, por el que se instituyeron los Consejos de Salarios para los diversos grupos de actividades.

   Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación de oficio directa de los delegados sectoriales.

   II) Que no obstante lo señalado en el Resultando anterior, se ha cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados;

   III) que el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo 39 "Prensa, Radiodifusión, Televisión, Comunicaciones y Tallleres Gráficos de Empresas Periodiodísticas" Subgrupo "Televisión" se logró el acuerdo que fue suscrito en Acta del 5 de agosto de 1986.

   Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios, la aplicación de la ley 10.449 de 12 de noviembre de 1943 podría dar lugar a cuestionamientos de orden legal;

   II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo acordadas en las negociacioens es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791 de 
8 de junio de 1978.

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo perceptuado en el decreto ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978 de 30 de junio de 1978, 

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Establécese con carácter nacional para los trabajadores comprendidos 
en el Grupo 39 "Prensa, Radiodifusión, Televisión, Comunicaciones, y Talleres Gráficos de Empresas Periodísticas", Subgrupo "Televisión": 

   a) las siguientes categorías laborales:

      Director: Está capacitado artística y operativamente para dirigir    
      todas las trasmisiones, emisiones, grabaciones filmaciones para 
      programas, compaginaciones de video-tape, filmes y cualquier otra 
      forma de preparación de imagen y sonido para televisión y/o ensayos 
      que determine la empresa.
      Desempeña sus funciones de acuerdo a la reglas de su profesión y  
      conforme a las normas legales vigentes que regulan la actividad 
      televisiva, siendo el responsable de la puesta en escena de los    
      programas a su cargo. Son funciones de este cargo, proponer todas     
      las medidas necesarias a adoptarse antes, durante y despúes de la   
      realización de un programa, de manera tal que interviene en todos y   
      cada uno de los pasos del proceso de la realización del mismo.  
      Analizar junto con el departamento que la empresa determine, los 
      libros y/o textos y/o guiones y/o continuidades y sugiere el elenco  
      artístico para los programas confiados y sus realizaciones.Planifica    
      con el escenógrafo corespondiente, las plantas a utilizarse en el  
      programa a su cargo, debiendo aprobar las mismas una vez estudiadas 
      y aprobados todos los detalles correspondientes a la realización del 
      programa. da curso, cuando se considere necesario por medio de un 
      asistente, a los pedidos de facilidades generales de los programas a 
      su cargo. Asiste y dirige a todos los ensayos correspondientes a los 
      programas a su cargo. Es el que dirige la realización de los 
      programas en vivo y/o grabados en estudios, anuncios comerciales y/o 
      promocionales, realiza esbozos y da las instrucciones necesarias 
      para confeccionar las plantas escenográgicas para programas, 
      anuncios comerciales y promocionales que ensaya previamente de 
      acuerdo a los libretos que le sean entregados. Debe poseer los 
      conocimientos teóricos-prácticos que lo capaciten para la correcta 
      utilización de las reglas y factores de composición de cuadro,   
      facilidades que permiten los lentes, diafragmas y su correcta    
      utilización así como movimientos de cámara.
    Operador Técnico de Planta Trasmisora: (Cuando ésta se halla separada de los estudios). Es el respondable del funcionamiento y correcta operación de los equipos y los aparatos trasmisores, receptores auxiliares de los sitemas de interconexión y e instalaciones. Tiene a su cargo la lectura y anotación de las indicaciones de los instrumentos, limpieza técnica de los equipos control de los niveles de audio y video, encendido y apagado, ajuste de los equipos instalados en laplanta trasmisora.
   Es de su responsabilidad la operación técnica de la trasmisión y se hace cargo de las eventualidades que pueden presentarse debiendo subsanar
fallas técnicas de solución inmediata que sean necesarias para la prosecusión de las trasmisines en caso de fallas de equipos o sistemas.

   Operador técnico de Planta Trasmisora de Tercera Categoría: tiene a su cargo la lectura y anotación de las indicaciones de los instrumentos, limpieza técnica de los equipos, control de los niveles de audio y video. Asiste al técnico a superior en las reparaciones de equipos y/o sistemas.
   Operador técnico de Planta Trasmisora de Segunda Categoría:
   Además de las tercera categoría, tiene a su cargo el encendio y apagado de los equipos y/o sistemas, subsanar fallas técnicas de solución inmediata y ajustes en los mismos, debiendo estar iniciado en los conocimientos teóricos prácticos requeridos para la función.

   Operador Técnico de Planta Trasmisora de Primera Categoría:

   Todas las enumeradas para la función debiendo tener los conocimientos teóricos prácticos para asegurar el correcto funcionamiento y operación de los equipos y sistemas a su cargo.

   Escenógrafo: Tiene a su cargo las ejecución de los bocetos, plantas y proyectos, incluyendo todas las indicaciones y/o especificaciones necesarias para la realización de la escenografía de todo tipo de programa y/o comerciales. Supervisa el armado de los decorados y su ambientación, debiendo sugerir lo que crea más conveniente para su mejor realización. Confecciona con la debida antelación las listas para utilería y contaje con el rol de los elementos correspondientes que se emplearán y los entrega conjuntamente con la planta, dentro de los plazos debidos. Es el responsable de la correcta realización de la escenografía dentro de las normas dictadas por las empresas, debiendo tener los conocimientos teórico práctico de dibujo y pintura, usos y costumbres a travéz de la historia del arte, estilos arquitectónicos, proceso evolutorio del mobiliario y del vestuario.
   Escenógrafo de Tercera Categoría: Tiene a su cargo escenografía de simple concepción, debiendo realizar el boceto, plantas y/o proyectos supervisando  su armado y verificando su realización. secunda a los escenógrafos de categoría superior en tareas que le encomienden para televisión.
  Escenógrafo de Segunda Categoría: Todas las enumeradas para la función, debiendo estar iniciados en los conocimientos teóricos prácticos para asegurar una correcta realización.
  Escenógrafo de Primera Categoría: Todas las enumeradas para la función, debiendo estar iniciados en los conocimientos teórico prácticos que aseguren una total capacidad para realizar toda clase de concepriones escenográficas de diferenctes estilos y épocas para televisión.

   Director Realizador: Es el encargado de la salida al aire de grabación de programas y/o comerciales y/o promociones de menor complejidad, con mínimo desplazamiento de personajes y situaciones escenográficas simples, pero con las mismas responsabilidades del Director.
   Mezclador: Tiene a su cargo el manejo de los conmutadores de imagen y audio en aquellos casos en que esté asociado al video el control central. Realiza las labores previas de verificación del correcto estado de las señales que deben ir  al aire  y de la ubicación de las placas en el orden pertinente. Pone en marcha los proyectores, placas y equipos de video tape por medio de control remoto y realiza esta tareas con el objeto de hacer salir al aire y/o en circuito cerrado la señal correspondiente. Controla la exacta sincronización de imagen, de acuerdo con las instrucciones de los responsables de la operación y realiza todos los cambios y cortes que sean necesarios en la programación para cumplir con los horarios o normas que reglamentan la trasmisión.
   Mezclador de Segunda Categoría: Todas las de la funcion.
   Mezclador de Primera Categoría: Todas las de la función debiendo tener los conocimientos teóricos prácticos para asegurar su correcta operación.

   Operador de Sonido: Es el encargado de operar consolas de sonido, tocadiscos, grabadores, equipos y/o aparatos que se utilizarán para grabar y/o afectar la calidad de sonido y su nivel. Realiza las funciones de grabación y/o reproducción y/o reproducción en salas de doblaje, salas de grabaciones, estudios de grabaciones y/o sonido, control central, estudios y/o exteriores. Procede a la ubicación, distribución, verificación y operación de mocrófonos y demás elementos de la instalación y sistemas de sonido de, durante y para programas en vivo y/o grabados. Tiene a su cargo en su labor específica en estudios y/o exteriores al personal bajo su dependencia directa, pudíendose auxiliar con él en las tareas que encare, debíendo estar dotado de todos los conocimientos teóricos prácticos del sonido necesario para planificar y resolver de antemano todos los problemas concernientes a las exigencias artísticas de los distintos tipos de programas. Debe conocer y resolver la relación con cámara, iliminación y escenografía, debiendo ralizar la selección del material y elementos necesarios para su utilización en labores que encara, verificando su estado de conservación y funcionamiento. Es de su responsabilidad informar para calcular el tiempo necesario para armado de los programas y/o grabaciones en estudios y/o exteriores.
   Debe realizar tareas de compaginador musical o sea, la selección, compaginación compaginación y emisión de las grabaciones musicales y/o efectos sonoros de, y, para programas y/o anuncios publicitarios y/o promociones emitidas en vivo y/o grabadas en estudio y/o exteriores. Tiene a su cargo las funciones de almacenamiento, traslado, tendido de líneas, colocación, conexión y preparación de los micrófonos, Booms, cañas y jirafas y elementos que forman el sistema de sonido, así como sus accesorios en estudios o exteriores. Es de su responsabilidad el desplazamiento, fijación y conservación de los materiales de sonido y su operación y funcionaminto durante ensayos y/o programas en estudio y/o exteriores, en vivo y/o grabados. Debe tener los conocimientos básicos, teórico prácticos sobre los distintos tipos de mocrófonos para su correcta utilización en todos los casos debiendo estar iniciado en los conocimientos básicos del funcionamiento del sistema de sonido en televisión y su relación con las restantes funciones, para realizar correctamente todos los movimientos de los elementos a su cargo.
   Operador de sonido de Tercera Categoría: Tiene a su cargo planteos simples de sonido en los que no se incluyan balances de distintas fuentes sonoras para obtener una unidad de sonido utilizando consolas de sonido, tocadiscos, grabadores, dirigiendo la ubicación distribución y verificación de micrófonos de durante y para ensayos y  programas en estudios. Debe conocer principios básicos que reglan el sistema de sonido en televisión en relación con otras funciones.
   Operador de Sonido de Segunda Categoría: todas las enumeradas para la función, debiendo estar iniciado en los conocimientos teóricos prácticos requeridos para la solución de los planteamientos de sonido en todo tipo de programas en estudio y/o exteriores.
   Operador de Sonido de Primera Categoría: Todas las enuumeradas para la función, debiendo poseer los conocimentos teórico prácticos que lo capaciten para resolver los problemas acústicos que se presentan para obtener un buen balance de las distintas fuentes de sonido que se originen en estudios y/o exteriores y para asegurar una correcta operación de los equipos a su cargo.
   Operador Editor de Video Tape: Es el responsable del correcto funcionamiento y operación de los equipos, grabadores reproductores de video tape y realiza la preparación, contralor, ajuste y limpieza de las máquinas para su correcta utilización, en grabaciones y reproduciones. Enciende, apaga y calibra los equipos, calibra y prepara y coloca la cinta, efectúa grabaciones de video, audio y órdenes, las reproduciones en circuito cerrado y las que salen al aire. Realiza las tareas de borrado y almacenamiento de cintas en su sección, debiendo anotar en formularios las tareas cumplidas, anotando en ellos los datos técnicos y administrativos necesarios para la ubicación de grabaciones, verificación del estado de cintas, cabezas y unidades componentes de equipos y/o acotaciones que se estimen necesarias para su correcto almacenamiento y reproducción o vida útil de los elementos. Empalma, compagina y realiza efectos electrónicos con editores y equipos especiales para tal fin. Se designará un operador por grabación. En los casos de trasmisión al aire, cada operador operará simultáneamente como máximo hasta tres máquinas que estén ubicadas en el mismo ambiente, con excepción de sistemas múltiples automatizados.

   Operador Editor de Video Tape de Tercera Categoría: Una vez encendidas y calibradas las máquinas, realiza las tareas para la grabación y reproducción de programas, comerciales y órdenes y los registra , debiendo hacer los ajustes necesarios. Tiene a su cargo la desmagnetización de cintas así como su correcto traslado y almacenamiento dentro de la sala de video tape o depósito contiguo, antes y despúes de utilizadas en las tareas diarias.

   Operador Editor de Viedo Tape de Segunda Categoría: Además de las tareas de Tercera Categoría, enciende y apaga las máquinas, realiza los controles electrónicos y ajustes necesarios para su correcta utilización, atendiendo la salida al aire y las labores técnico administrativas.
   Operador Editor de Video Tape de Primera Categoría: Todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos técnicos teórico prácticos suficientes para asegurar el correcto funcionamiento y operación de los equipos a su cargo.

   Operador de Cámara: 

   a) Cámara de Estudios: Es el encargado de operar las cámaras de televisión realizando tareas de encuadre y enfoque, efectuando todos los movimientos con ella para las que están habilitadas. Debe tener conocimientos completos de las reglas y/o factores de composición de cuadro, facilidades que permiten las lentes y diafragmas, teniendo pleno conocimientode los desplazamientos. antes de comenzar la tarea debe asegurase que el equipo que se va a utilizar esté en perfectas condiciones   de funcionamiento, colaborande en el ajuste electrónico previo. Avisará a su superior inmediato en cualquier anormalidad que encuentre. Debe advertir a quien corresponda sobre los problemas que se presenten en relación con sonido, iluminación y escenografía. Colabora en el armado y desarmado de los sistemas de cámara.
   b)Cámara portátil: Es su responsabilidad la correcta operación de cámara video tape portátil. Realiza labores de encuadre, enfoque diagramación , desmagnetización de cintas y cabezas grabadoras. Debe tener conocimiento de cuadro y facilidades que le permitan los lentes. Antes de comenzar la tarea, debe asegurarse que el equipo que va a utilizar esté en perfectas condiciones, debiendo informar cualquier anormalidad que se le presente. Tiene además, por la autonomía de su labor, responsabilidad sobre los aspectos de iluminación (disposición), ajuste técnico (balance, convergencia) cuando es autoconcentrado y está a disposición del operador, escenografía (selección de los ambientes) y fondos adecuados de que se disponga en el lugar de trabajo) y puesta en escena (indicaciones a los sujetos acerca de las poses, etc.). Colabora en el armado y deramado de los sitemas de cámara, sonido (ajuste de niveles, tendido y selección de micrófonos). Elabora su trabajo por medio de la integración de todas las disciplinas. No obstante, en caso de asignársele un director de programa las responsabilidades y decisiones corresponderán ea éste último.
   Operador de Camára de Tercera Categoría: Realiza las tareas de planteo simple de eta función que le sean encomendadas. Debe conocer principios básicos que reglan el sistema de imagen por televisión en relación con otras funciones.
   Operador de Cámara de Segunda Categoría: Además de las de tercera categoría , deberá operar las cámaras realizando todas las tareas de encuadre, enfoque y sesplazamiento para los que están habilitadas, debiendo estar iniciado en el conocimiento de las reglas y factores de composición de cuadro.

   Operador de Cámara de Primera Categoría: Todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teórico prácticos suficientes para asegurar una correcta operación con el equipo a su cargo.
   Iluminador: Es el responsable de la confección y resolución de todos los planteos de iluminación que se le presenten. Dirige la iluminación de todo tipo de programas de estudios o exteriores, aplicando todo tipo de efectos lumínicos y/o resolviendo, todos los problemas que se le presentan. Tiene a su cargo (en su labor específica) el personal de operación bajo su dependencia directa, auxiliándose con él en las tareas que encare, debiendo estar presente durante la emisión y/o grabaciones del programa dentro de su horario de labor. Está dotado de todos los conocimientos teóricos prácticos de iluminación necesarios para planificar y resolver de antemano todos los problemas y planteamientos concernientes a las exigencias artísticas de los distintos tipos de programas. Debe conocer y resolver las relaciones con cámaras (ubicación, lentes, diafragmas y filtros) sonido(boom, cañas y micrófonos), video (niveles de luz y señal electrónica), escenografía, caracterización y vestuario. Realiza la selección de material y elementos necesarios y sugiere la cantidad de personal en estudios y/o exteriores en las labores que encare. Sugiere asimismo, las medidas que estime conveniente para un racional aprovechamiento. Informará para calcular el tiempo necesario para el armado de programas y grabaciones en estudios y exteriores. Ante una eventual ausencia de personal a la grabación o emisión de un programa, es responsabilidad del iluminador asignado el cumplimiento del mismo.
   Iluminador de Tercera Catergoría: Tiene a su cargo resolver planteos de iluminación y dirige la iluminación y dirige la iluminación, aplicando si es menester, efectos lumínicos sencillos. Debe conocer principios básicos que reglan el sistema de iluminación para televisión y su relación con   otras fuciones. 
   Iluminador de Segunda Categoría: Serán todas las correspondientes a su función, debiendo estar iniciados en los conocimientos teóricos prácticos  requeridos para la solución de los planteaminetos lumínicos de los programas.
   Iluminador de Primera Categoría: Todas las correspondientes a su función, debiendo tener los conocimientos teóricos prácticos suficientes para asegurar una perfecta iluminación y la solución de los problemas que se presenten.
   Operador de Filmoteca: Desde su recepción es el responsable de la revisión y medida del tiempo, del material fílmico y de video, del manejo de acuerdo con las necesidades de operación, de los proyetores y equipos auxiliares para estos fines, en general de las tareas propias del funcionamiento, conservación y buen estado de todo el material fílmico, video casette en depósito de y para proyección. Es el responsable de las compaginaciones y montaje del material fílmico, video cassette artístico y comercial y promociones; de efectuar cortes con las indicaciones y/o normas de la empresa, de editar las películas incluyendo o sacando de ellas la publicidad de acuerdo con instrucciones.
   Operador de Filmoteca de Segunda Categoría: Todas las enumeradas para la función debiendo estar iniciado en los conocimientos teórico prácticos para controlar, sintetizar argumentos, calificar películas/video-cassettes e indicar cortes con supervisión de sus tareas.
   Operador de Filmoteca de Primera Categoría: Todas las enumeradas para la función, debiendo estar iniciado en los conocimientos teórico prácticos  para controlar, sintetizar argumentos, calificar películas/viedo-cassetes e indicar cortes con supervisión de sus tareas.
   Tráfico: Es de su responsabilidad realizar tareas administrativas y/o contables y/o operativas correspondientes a su área. Tiene a su cargo el archivo del departamento. Debe tener los conocimientos teórico prácticos necesarios para assegurar la correcta operación de máquinas de escribir, calcular y/o procesadoras de datos. Confeccionar los reportes sobre ingresos, egresos y estados del material fílmico y de los video de acuerdo a la información recibida. Tiene a su cargo el mantenimiento de los libros de programación en los que hará constar los reporters de los operadores revisores y de trasmisión de los canales. Es de su responsabilidad la confección de planillas correspondientes al material fílmico y de video, cuando se trate de importación o exoportación de los mismos. Lleva y actualiza los ficheros de films y tapes que trasmiten los canales. De acuerdo a los contratos establecidos con los proveedores de films y tapes y confecciona las planillas de órdenes. deberá conocer el tipo de operación que se realiza en la Sección, teniendo en cuenta los diferentes sistemas de grabación para su aplicación en la confección de la rutina diaria, de acuerdo a indicaciones recibidas de la jefatura de operaciones. Volcará en tarjetas y en planillas, confeccionadas a tal fin, toda la inforamción técnoci administrativa que sea necesaria para su posterior archivo y7o envia a los canales. Es de su responsabilidad asentar en las tarjetas de rollos, el borrado de programas, control de stock, de tapes, films; controla y y corrige la fecha de emisión de los programas según modificaciones que surgan.
   Tráfico de Tercera Categoría: la realización de tareas administrativas correspondientes a su área. Debe operar correctamente la máquinas de escribir, clacular y procesadoras de datos. Realiza el archivo de la sección y perfecciona planillas de envio. Se desempeña bajo supervisión.
Tráfico de Segunda Categoría: Además de las responsabilidades de tercera, deberá tener conocimiento de sobre distribución de programas, coordinando con las respectivas áreas se desempeña bajo supervisión.
   Tráfico de Primera Categoría: Además de las responsabilidades inferiores, realiza todas las tareas del área, debiendo tener los conocimientos necesarios que aseguren el correcto cumplimiento de las labores que se le encomiendan.
   Realizador de Escenografía: Es el encargado de desarrollar sobre telas, papeles, pisos y demás materiales para decorados de los bocetos que le sean encomendados, realizándolos de acurdo con las instrucciones que se le impartan o indicaciones que se especifiquen en las plantas y/o proyectos escenográficos. Debe tener conocimientos de preparación o imitación de colores en témperas o anilinas y saber calcular las cantidades de preparación para cada tarea a realizar, debiendo saber confeccionar estmpas espúlveras y esponjados. Debe tener conocimientos de escala y proporciones de perspectivas y geometrías, de ornatos y claroscuros.
Realizador de Escenografía de Tercera Categoría: Es de su responsabilidad la preparación de telas, papeles, pisos y demás materiales para realizar el desarrollo de escenografía, imita tintas y realiza tareas sencillas de dibujo debiendo iniciarse en el desarrollo de bocetos con el objeto de capacitarse en los conocimientos necesarios para la función.
   Realizador de Escenografía de Segunda Categoría: Además de de las terceras, dibuja y desarrolla bocetos escenográficos, debiendo iniciarse en los conocimientos teóricos prácticos necesarios para la función.
   Realizador de Escenografía de Primera Categoría: Todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teóricos prácticos que aseguren una total capacidad para realizar todo tipo de escenografía en su relación con otras funciones.
   Locutor de Cabina: Es la persona que tiene a su cargo la presentación de programas en "off" debiendo propalar o grabar, para uso exclusivo de la empresa textos publicitarios y comunicado con excepción de informativos.
Asistente de Dirección: Es el que con carácter inmediato al Director, asiste a éste, antes durante y despúes de la realización de integral del programa , filmación o publicidad en vivo o grabado , compaginaciones de video tapes y/o películas debiendo asistir a todos estos, fiscaliza y atiende el cumplimiento integral del desarrollo escenográfico, utilería, vestuario y demás elementos accesorios de y para el programa, filmación o publicidad en vivo o grabado, compaginaciones de video tape y/o películas debiendo asistir a todos estos, fiscaliza y atiende el cumplimiento integral del desarrollo escenográfico, utilería, vestuario y demás elementos accesorios de y para el programa. Asistiendo a la totalidad de los ensayos y/o trasmisiones marca libretos, efectúa el desglose del libro , confecciona el pedido de facilidades, incdica entrada y salida de actores, cantantes músicos y/o locutores y de todos los participantes en él, de acuerdo a las instrucciones establecidas por el Director de programas su conocimiento de épocas , estilos, moblajes, decoración, vestuario, maquillajes, y peinados servirán para el fiel cumplimiento de las instrucciones sobre las realizaciones que se hagan. Una vez instalado el Director del programa en el control, es el único con autoridad y responsabilidad en estudios y/o exteriores y/o en vivo y/o grabados, del correcto cumplimiento de las inidicaciones y la realización.
   Asitente de Dirección de Segunda Categoría: Es el que asiste al Director del programa antes, despúes y durante la realización del programa en vivo o grabado , filmaciones y/o promociones o publicidad.
   Asistente de Dirección de Primera Categoría: todas las enumeradas para la función, debiendo tener los conocimientos teóricos prácticos que aseguren una total capacidad para realizar toda clases de programas de diferentes estilos y épocas para televisión.
   Técnico Electricista: Es el que realiza instalaciones eléctricas de iluminación, señalización, comunicación de emergencia, de alimentación y control. Instala, repara y mantiene la líneas equipos y accesorios correspondientes a dichas instalaciones. Tiene a su cargo la reparación y mantenimiento electromecánico de los tableros piezas y/o aparatos sencillos y todos y cada uno de los elementos de instalación generales en los locales de la empresa y/o exteriores. Debe tener los conocimientos para la correcta utilización de instrumentos de medicion eléctrica de uso habitual en su función y saber interpretar planos de instalaciones eléctromecánica sencilla. Debe mantener el ordenamiento de los locales de su sección. Incluye atención y mantenimiento de iluminación de emergencia y equipo generador.
   Técnico Electricista de Tercera Categoría: Interviene en las instalaciones de líneas, redes y equipos y realiza tareas menores de mantenimiento de las mismas y el ordenamiento de los locales de su sección.
   Técnico Electricista de Segunda Categoría: Todas las de su función excepto las que exija conocimientos teórico - prácticos y/o la utilización de instrumentos de medición y/o interpretación de planos, debiendo estar iniciados, no obstante en el manejo de los mismos
   Técnico Electricista de Primera Categoría: Todas las eumeradas para su función, debiendo tener los conocimientos teóricos prácticos suficientes para asegurar el correcto mantenimiento electromecánico e instalación de todos los equipos y sistemas a su cargo
   Redactor de Textos Promocionales: Es de su responsabilidad con edacción propia producir para difusión gacetillas o similares, textos promocionales y/o de interés general. Tiene a su cargo la lectura y correción de las pruebas de imprenta originales, gacetillas y demás textos promocionales con el objeto de rectificar errores tipograficos gramaticales o de cualquier tipo. Realiza la edición de cortes promocionales
   Operador de Ajuste de Video: es el responsable del correcto funcionamiento y operación de las cámaras de televisión o similares y sus sistemas accesorios de contralor monitoreado e interconexión eléctrica y telefónica.
Realiza en estudios y exteriores el control de niveles de video, limpieza de las lentes, conexión y ajustes de monitores de su sector de trabajo, receptores y cdenas de cámaras; pone y quita de funcionamiento los equipos de sistemas de sistema telefónico de las ordenes de cámaras, instalación y reinstalación de equipos y correcta utilización del sistema de interconexión de video, supervisando las labores de tender y recoger los cables de cámara. Efectúa las mediciones eléctricas necesarias para el correcto uso de los equipos a su cargo realiza los ajustes el ajuste de las cadenas de cámaras y su diafragmado.
   Operador de Ajuste de Video de Tercera Categoría: Controla los niveles de video, realiza limpieza de lentes, conexiones, ajusta monitores y receptores, pone y quita de funcionamiento equipos de sistema de intercomunicación y las cadenas de cámaras, colabora en la instalación de equipos.
   Operador de Ajuste de Video de Segunda Categoría: Además de las de tercera categoría, enciende, apaga y realiza el ajuste de las cadenas de cámaras, hace limpieza de vidicones, plumbicones y similares; lleva a cabo las mediciones eléctricas de los equipos.
   Operador de Ajuste de Video de Primera Categoría: Todas las de la función con los conocimientos prácticos teóricos que aseguren el correcto cumplimiento de las responsabilidades a su cargo.
   Carpintero Realizador: es su responsabilidad realizar tareas de elaboración y mantenimientos de decorados, incluyendo pintura, revistimientos y empapelados, muebles practicables, escaleras, puertas, ventanas y demás elementosnecesarios para la decoración. Tiene la capacidad y conocimientos necesarios sobre carpintería, mecánica imprescindibles para la preparación y mantenimiento de máquinas y herramientas habituales en talleres de escenografía y carpintería y su correcta utilización para las tareas que se le encomienden. Debe interpretar y desarrollar todo tipo de trabajo de carpintería y muebles para ser utilizados en los programas y/o para el ámbito de la empresa, no efectuando su colocación, debiendo tener todos los conocimientos teóricos prácticos sobre planos y escalas para realizar los bocetos, plantas y proyectos de escenografía.
   Dibujante: Es el responsable de la creación, realización y desarrollo de los bocetos publicitarios "story board" promocionales y diagramación de presentación de programs para televisión tanto blanco y negro como en color, así como el retoque del material fotográfico con el mismo fin. Debe ilustrar y armar originales de avisos gráficos con todos los elementos que éstos se componen. Debe tener conocimientos sobre dibujo lineal y artístico y empleo de técnicas utilizables para confeccionar bocetos de televisión publicidad gráfica y su adaptación al medio con la capacidad necesaria para desarrollar planes de acuerdo con las directivas que se le impartan.
   Maquillador: Es la persona experta en los tratamientos necesariospara la mejor presentación de quienes actúan ante cámaras, en todo lo relacionado a tratamiento cosmético, capilar y de peluquería, con conocimiento de los elementos necesarios para tal fin, incluyendo caracterizaciones , postizos pelucas y demás elementos relacionados con el fin indicado.
   Modista Realizadora: Es de su responsabilidad realizar tareas de confección, transformación, mantenimiento de trajes y vestidosactuales y/o de época, disfraces, uniformes, conjuntos de ballet y cualquier otra vestimenta y demás elementos accesorios necesarios para ser entregados en debidas condiciones de uso en estudios y/o exteriores. Debe saber tizar y cortar telas. Tiene la capacidad y conocimientos teóricos prácticos necesarios para interpretar bocetos y proyectos para la preparación de las tareas que se le encomienden.
   Montador de Escenografía Maquinista: Es el responsable previa selección, del correcto almacenamiento, traslado, ubicación, armado de decorados, paracticables, escaleras, material escenográfico y y accesorios de montaje y en general lo relacionado y/o concerniente a escenografía de acuerdo a bocetos y/o indicaciones del escenógrafo responsable. Debe armar y desarmar todos los elementos de montaje, de acuerdo con las exigencias del movimiento escénicos, realizar reparaciones menores de toda clase de decorados, practicables y escaleras durante la realización de los programs. Luego del montaje procede a un repaso general y total con el objeto de lograr una correcta realización escénica. Se deja constancia que este personal no realiza tareas de traslado de elementos de elementos y materiales a y desde los depósitos de la empresas, cuando éstos depósitos se encuentren fuera de fuera de los ámbitos naturales de operación.
   Ambientador: es el que siguiendo las instruciones de escenógrafo, se encarga de obtener y transportar asistido por los utileros todos los elementos que compongan la ambientación de su escenografía; deberá poseer conocimientos de estilos mobiliarios, usos y costumbres de distintas épocas, decoración, así como desarrollar las relaciones necesarias en Instituciones y/o empresas para la obtención de los elementos mencionados.
   Utilero: Es el responsable del correcto almacenamiento traslado y ubicación de la escenografía de acuerdo con las normas de ambientación de los elementos y materiales de utilería, incluyendo muebles, cortinados y tapicería, incluyendo muebles, cortinados y tapicería previa selección de acurdo con los bocetos y/o plantas escenográficas, respetando las directivas y/o indicaciones del escenógrafo responsable. Debe preparar y armar todos los elementos de utilería de acuerdo con las exigencias del movimiento escénico, realizando las ambientaciones de acuerdo con épocas y estilos que se le soliciten y luego de ello se procederá a su repaso general, con el objeto de lograr una correcta realización escénica en estudios y/o exteriores.
   Generador de Efectos de Video: Es el funcionario que opera equipos que generan imágenes y caracteres, en grabaciones o directamente al aire. Deberá tener nociones de computación, composición estética de imágenes y gusto artístico para el mejor resultado de su tarea, en la combinación de colores, movimiento de imágenes y diagramación de texto en pantalla.
   Operador de Proyección (Telecine): Tiene a su cargo la conservación y manejo de los proyectores. Es el responsable de la proyección de películas , diapositivas (placas), de acuerdo al rol de programación, ciaria, con las variantes que se produzcan debidamente autorizadas. Procede al almacenamiento, conservación , limpieza y compaginación de los diapositivos y opacos, antes, durante y despúes de la trasmisión diaria. Debe realizar los empalmes y reparaciones de películas que se detrioren en proyecciones para estas fallas y continuar la trasmisión. Debe conocer la técnica y funcionamiento del sistema de proyección para televisión y subsanar fallas de solución inmediata que se presentenen los equipos y sistemas a su cargo.
   Operador de Proyección (Telecine) de 2da. Categoría:  Todas las de su función debiendo estar iniciado en los conocimientos teóricos prácticos de los equipos a su cargo.
   Operador de Proyección (Telecine) de 1ra. Categoría: Todas las enumeradas para la función , debiendo tener conocimientos básicos teóricos prácticos suficientes para asegurar el correcto funcionamiento y operación de los equipos a su cargo.
   Microfonista: Tiene a su cargo las funciones de almacenamiento, traslado , tendido de líneas, colocación, conexión y preparación de los micrófonos, booms, cañas, jirafas, y elementos que forman parte el sistema de sonido, así como sus accesorios en estudios o exteriores. Es de su responsabilidad el desplazamiento, fijación y conservación de los materiales de sonido y su operación y funcionamiento durante ensayos y programas en vivo y grabados. Debe tener los conocimientos básicos teóricos prácticos sobre los distintos tipos de micrófonos para su correcta utilización en todos los casos, debiendo estar iniciado enlos conocimientos básicos del funcionamiento del sistema de sonido en televisión y su relación con las restantes funciones, para realizar correctamente todos los mvimientos de los elementos a su cargo.
   Microfonista de Tercera Categoría: Las funciones de almacenamiento, traslado, colocación y conexión y preparación de micrófonos, desplazamiento manejo y fijación de booms, caña, jirafa y conservación operación y funcionamiento de los materiales de sonido, durante ensayos y/o programas en vivo o grabados. 
   Microfonista de Segunda Categoría: Todas las requeridas para la función , excepto los conocimientos teórico básico prácticos en los cuales solo debe estar inicaido.
   Microfonista de Primera Categoría: Todas las de su función debiendo tener los conocimientos básicos teórico prácticos suficientes para asegurar el correcto funcionamiento, desplazamiento y operación de los equipos y/o aparatos a su cargo.
   Auxiliar Administrativo: Realiza toda clase de tareas administrativas y/o contables, sea en forma manual o mediante la utilización de toda clase de equipamiento, incluyendo equipos de procesamiento de datos. Ralizará trámites y gestiones ante distintas oficinas cumpliendo con las indicaciones con las indicaciones del responsable del departamento. El trabajo administrativo incluye expresamente los trabajos de contaduría, caja, cobranza, secretaría, comerciales, almacén y en general toda tarea que signifique el control de bienes y materiales de la Empresa. 
   Auxiliar Administrativo de Tercera Categoría: colabora con las tareas de de la función en trabajos de rutina utilizando el equipamiento necesario con que cuenta la Sección.
   Auxiliar Administrativo de Segunda Categoría: Es el funcionario capacitado para realizar todas las tareas que le indique el el superior de la sección o el funcionario de Primera Categoría.
   Auxiliar Administrativo de Primera Categoría: Tiene la capacidad suficiente para realizar con autonomía y propio dicernimiento, todas las tareas especificadas en la función con la simple supervisión jerárquica.
   Telefonista: Atiende y opera la central telefónica, conecta las llamadas de entrada y realiza las que le son solicitadaspara para el exterior. Lleva los registros relativos a las mismas. Informa sobre las consultas que se le realizan sobre programación y mantiene ordenado un archivo de números telefónicos generalmente utilizables. Hará también funciones de recepcionista desde su lugar de trabajo.
   Conductor de Automóvil: Es de su responsabilidad la atención y manejo de las unidades automotoras confiadas a su cuidado o a los que se lo indique en cada oportunidad, debiendo realizar las reparaciones de emergencia necesarias en ellas, para salvar los inconvenientes en su normal funcionamiento. Debe tener Registro de Conductor habilitado por la autoridad competente.
   Ayudante de Cámara Portátil: Es quien colabora con el operador de cámara en las grabaciones de notas en exteriores. Colabora en el transporte de elementos, armado, iluminación, sonorización, grabación y manejo de público. 
   Sereno: Cumple el único y exclusivo contralor y vigilancia sobre muebles, inmuebles, instalaciones y equipos móviles o fijos, sin exclusiones y controla además la entrada de personas ajenas a la empresa. Atiende eventualmente el teléfono y colabora en tareas de limpieza general.
   Oficial de Mantenimiento de Edificios: Es el encargado de reparación y mantenimiento de obras civiles y de servicios auxiliares y de instalaciones, debiendo poseer los conocimientos que lo capaciten para el correcto desempeño.
   Cocinera: Es la funcionaria que prepara, decora y sirve alimentos o bebidas, debiendo ocuparse del aprovisionamiento, almacenamiento, limpieza y control, tanto de los ingredientes y mercaderías como de los enseres, útiles y vajillas necesarios para su función y el servicio que atiende.
   Mozo de Cafetería: Se ocupará de la preparación de tes, cafés y lunchs y del servicio de los mismos y almuerzo en los lugares de la empresa que se le indiquen, no apareciendo en cámara. deberá realizar la limpieza de los utensilios que utilize en sus tareas y colaborará en la higiene del local respectivo.
  Portero: Se encarga de la vigilancia, ingreso y egreso de personas y/o objetos a los locales del establecimiento, debiendo realizar cuando se le  designe, trabajos de recepcionista y eventualmente telefonista.
  Peón de Estudios: Se encarga de la limpieza, el transporte, carga y descarga de muebles, utilería para escenografía, decorados y otros, tanto en los medios de transporte como en 
  Auxiliar de Limpieza: Es el responsable de la limpieza y correcto estado de higiene de las dependencias, estudios, muebles, materiales y otros elementos; de la colocación de las sillas para el público en estudios e higienización así como volver a colocarlas en un lugar de almacenamiento.
Colabora en el traslado y ubicación de los muebles, materiales y/o elementos que estén lleguen o salgan de las empresas de las empresas con la excepción de los elementos escenográficos y trabajos generales de peón.
    Aprendiz: Es el funcionarios que ingresa a la Empresa, sin una especial preparación en la función que debe desempeñar. Estará sujeto a la                                               
dirección y controlador de su superior. Luego de seis (6) meses de revistar en ésta categoría, la Empresa decidirá si permanece en sus servicios. En caso afirmativo pasará automaticamente a la tercera categoría de su sección. En los casos en que no exista tercera categoría, pasará a tener el puntaje correspondiente a a la tercera categoría de base  80.
   Ayudante de Cafetería: es el funcionario que cumple funciones auxiliares, en la cocina cafetería etc. Colabora en la elaboración, manipulación y servicio de los alimentos y bebidas. Deberá ocuparse de la limpieza y ordenamiento de vajilla, enseres y útiles y el transporte y almacenamiento de mercaderías, sujeto a la dirección de sus superiores.
   Cadete: Realiza toda clase de tareas administrativas auxiliares que no necesitan de especial preparación; comprende tareas administrativas, gestiones ante oficinas y/o clientes, intercomunicomunicadores y equipos mecanizados de oficina.
   b) Sin perjuicio de las definiciones de categorías efectuadas en el literal a) establécese que: 
   1) El funcionario de primera categoría realiza todas las tareas asignadas a su función.
   2) El funcionario de segunda categoría realiza todas las tareas de la respectiva función, bajo supervisión de su suiperior jerárquico (jefe, subjefe, encargado o funcionario de 1era. categoría) y 
   3) El funcionario de tercera categoría colabora con todas las tareas de la respectiva función, estando menos capacitado para ello y bajo la supervisión y responsabilidad de su superior jerárquico (Jefe, subjefe, encargado o funcionario de 1era. categoría).
   c) Todos los funcionarios, cualquiera sea su función o categoría prestarán funciones tanto en estudios como exteriores en forma indistinta.
   d) La definición de funiones o categorías no implica obligación por parte de los Canales de Televisión de asignar funcioanrios a todas ellas. Cada canal adjudicará funciones o categorías de acuerdo a sus necesidades, determinados por la Dirección. La aplicación de estas categorías no significará la eliminación de funciones actualmente existentes, salvo las debidas a cambios tecnológicos de entidad.
   e) La definición establecida para cada tarea es explicativa y deberá comprenderse que el funcionario realizará todos los trabajos relacionados con la tarea descrita.
   f) Los trabajos de Contaduría, Secretaría, Comerciales y en general todos los trabajos administrativos, podrá ser intercambiado por el personal que las realiza.
   g) En los departamentos técnicos o de programación se podrán asignar tareas que no son específicas del respectivo funcionrio por razones de fuerza mayor, en cuyo caso se abonará al funcionario reemplazante la diferrencia entre el sueldo que percibe y la asignación que corresponde a la función que pase a realizar por el tiempo en que la realiza.
   h) Los operadores del as repetidoras radicados permanentemente en el interior del país, serán considerados operadores de Tercera Categoría, independinetemente de la función especificamente catalogada.
   i) Las empresas darán preferencia para proveer cargos de superior jerarquía en primer término a los funcionarios de la categorías subsiguientes al de la vacante, siempre que su capacidad, experiencia y correcto cumplimineto los habilite para tal ascenso, a criterio de las respectivas empresas. En segundo término podrán aspirar para proveer la vacante cualquier otro funcionario de la empresa, con capacidad suficiente experiencia y correcto cumplimiento a criterio de la respectivas empresas.            
   j) La presente categorización tendrá una vigencia en principio desde el 1° de junio de 1986 hasta el 1° de marzo de 1987. Su prórroga se realizará automaticamente por períodos bianuales.   
                                                 
                       
                                                                                                   
                                   

Artículo 2

   Establécese los siguientes puntajes y salarios mínimos, 
correspondientes a las categorías laborales descriptas en el artículo 1° sobre la base de 100 puntos equivalentes a N$ 39.270, la que se aplicará en la siguiente forma: 

   - Departamento de Montevideo: 100%
   - Interior del país: 90%.

   Categoría                     Puntaje               Salario Mínimo
                                                           Mensual

                                                              N$  

   Director..................      100                    39.270.00             
   Operador Técnico de Planta                             
   Trasmisora de 1era. Categoría    90                    35.343.00
   Operador Técnico de Planta                             
   Trasmisora de 2da. Categoría     80                    31.416.00
   Operador Técnico de Planta
   Trasmisora de 3ra. Categoría     60                    23.562.00
   Escenógrafo 1era. Categoría      90                    35.343.00
   Escenógrafo de 2da. Categoría    75                    29.452.50
   Escenógrafo de 3er. Categoría    60                    23.562.00
   Director Realizador..........    85                    33.379,50
   Mezclador 1ra. Categoría         80                    31.416,00
   Mezclador 2da. Categoría         65                    25.525.50
   Operador de Sonido 1ra.
   Categoría                        80                    31.416.00
   Operador de Sonido 2da. 
   Categoría                        65                    25.525.50
   Operador de Sonido 3ra.
   Categoría                        55                    21.598.50
   Operador Editor de Video
   Tape de 1ra. Categoría           80                    31.416,00
   Operador Editor de Video
   Tape de 2da. Categoría           65                    25.525.50
   Operador Editor de Video
   Tape de 3ra. Categoría           55                    21.598.50
   Operador de Cámara 1ra.
   Categoría.........               80                    31.416.00
   Operador de Cámara 2da. 
   Categoría..........              65                    25.525.50
   Operador de Cámara 3ra.          
   Categoría...........             55                    21.598.50
   Iluminador de 1ra. Categoría     80                    31.416.00
   Iluminador de 2da. Categoría     65                    25.525.50
   Iluminador de 3ra. Categoría     55                    21.598.50
   Operador de Filmoteca 1ra.
   Categoría...........             80                    31.416.00
   Operador de Filmoteca 2da.
   Categoría............            65                    25.525.50              
   Tráfico de 1ra. Categoría        80                    31.416,00
   Tráfico de 2da. Categoría        65                    25.525.50
   Tráfico de 3ra. Categoría        55                    21.598.50
   Realizador de Escenografía
   de 2da. Categoría.....           65                    25.525.50
   Realizador de Escenografía 
   de 3er. Categoría.....           55                    21.598.50
   Locutor de Cabina.....           80                    31.416.00
   Asistente de Dirección de 1ra.
   Categoría.............           80                    31.416.00
   Asistente de Dirección de 2da.
   Categoría.............           65                    25.525.50
   Técnico Electricista de 3ra.
   Categoría.............           55                    21.598.50
   Redactor de Textos Promo-
   cionales..............           75                    29.452.50    
   Operador de Ajuste de Video 
   de 1ra. Categoría.....           75                    29.452.50                   
   Operador de Ajuste de Video 
   2da. Categoría........           65                    25.525.50
   Operador de Ajuste de Video
   3er. Categoría........           55                    21.598.50
   Carpintero Realizador            75                    29.452.50
   Dibujante.............           75                    29.452.50
   Maquillador...........           75                    29.452.50
   Modista Realizadora...           75                    29.452.50
   Montador de Escenografía
   Maquinista............           75                    29.452.50
   Ambientador...........           75                    29.452.50
   Utilero...............           70                    27.489.00
   Generador de Efectos de Video
   Operador de Proyección (Te-
   lecine) de 1ra. Categoría        70                    27.489.00
   Operador de Proyección (Te-
   lecine) de 2da. Categoría        60                    23.562.00
   Microfonista de 1er. Categoría   65                    25.525.50
   Microfonista de 2da. Categoría   55                    21.598.50
   Microfonista de 3er. Categoría   50                    19.635.00
   Auxiliar Administrativo de 
   1ra. Categoría                   80                    31.416.00
   Auxiliar Administrativo de 
   2da. Categoría                   65                    25.525.50
   Auxilliar Administrativo de 
   3er. Categoría                   55                    21.598.50
   Telefonista                      60                    23.562.00
   Conductor de Automóviles         60                    23.562.00
   Ayudante de Cámara Portátil      55                    21.598.50
   Sereno                           55                    21.598.50
   Oficial de Mantenimiento
   Sereno                           55                    21.598.50
   Oficial de Mantenimiento 
   Edificio                         55                    21.598.50
   Cocinera                         65                    25.525.50
   Mozo de Cafetería                55                    21.598.50
   Portero                          55                    21.598.50
   Peón de estudios                 55                    21.598.50
   Auxiliar de Limpieza             50                    19.635.50
   Aprendiz                         40                    15.708.00
   Ayudante de Cafetería            40                    15.708.00
   Cadete                           30                    11.781.00
   Cadete (interior del país)                             11.600.00
                                 
   Ningún salario mensual de los trabajadores de los departamentos del Interior del País será inferior a N$ 12.500,00 (Nuevos pesos doce mil quinientos). (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) agregado/s por: Decreto Nº 660/986 de 10/10/1986 artículo 2.
Ver en esta norma, artículo: 5.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Establecese que las diferencias que resulten del valor fijado a cada función o categoría en relación al salario que percibe cada trabajador al 31 de mayo de 1986, se regularizará en los siguientes plazos: el 25% de la diferencia en forma inmediata con vigencia al 1° de junio de 1986; y las restantes, el 25% en cada ajuste cuatrimestral subsiguiente a aquella fecha. Las diferencias inferiores a N$ 1.000.00, se abonarán en una sola vez, a partir del 1° de junio de 1986.

Artículo 4

   Increméntase con carácter nacional, en un 19% los salarios vigentes al 31 de mayo de 1986, de los trabajadores comprendidos en el Grupor 39: Prensa, Radiodifusión, Televisión, Comunicaciones y Talleres Gráficos de Empresas Periodísticas!" Subgrupo "Televisión", excluídos el personal directivo, gerentes, jefes, subjefes, adscriptos a dirección o gerencia, vendedores, encargados y secretarios ejecutivos con vigencia desde el 1° de junio de 1986 y hasta el 31 de octubre de 1986.

Artículo 5

   Dispónese que los futuros incrementos salariales se aplicarán sobre los puntajes y salarios mínimos establecidos en el artículo 2°, así que como sobre aquellos que superen los mismos.

Artículo 6

   Los precios de los bienes precios o servicios de la actividad privada no podrán ser incrementados en más del 15% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa, por concepto de los ingresos del personal otorgados por el presente decreto.

Artículo 7

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 30 de setiembre de 1986, ningún otro aumento de salario podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.

Artículo 8

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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