CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACION Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO TELEVISION




Promulgación: 08/09/1986
Publicación: 28/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

   Los precios de los bienes precios o servicios de la actividad privada no podrán ser incrementados en más del 15% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa, por concepto de los ingresos del personal otorgados por el presente decreto.
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