REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 53 Y 55 LEY 18.719 SOBRE CONTRATO TEMPORAL DE DERECHO PUBLICO




Promulgación: 07/02/2011
Publicación: 16/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 306
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículos 53 y 55.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 A los efectos de la transición prevista en el artículo 55 de la Ley N°
18.719 de 27 de diciembre de 2010, autorízase a los Jerarcas de los
Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional la contratación, por única vez
bajo la modalidad de Contrato Temporal de Derecho Público creada por el
artículo 53 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, de las
personas contratadas al amparo de los regímenes mencionados en los
Resultandos II) y III) del presente decreto, cuyos contratos venzan entre
el 1° de enero y el 31 de marzo de 2011 o que continúen vigentes luego de
dicha fecha, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio
Civil.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
Referencias al artículo
Ayuda