REGLAMENTACION DE LA LEY 14.762, RELATIVA A LA IDENTIFICACION CIVIL DE PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS




Promulgación: 28/08/1978
Publicación: 07/09/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 444
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.762 de 13/02/1978.
Referencias a toda la norma

TITULO I
CAPITULO IV - DE LA ORGANIZACION TECNICO ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

Artículo 22

  Las cédulas de identidad expedidas de conformidad al sistema anterior a la ley que se reglamenta, caducarán en las fechas que en las mismas se
indique salvo expresa disposición, que por razones de interés de la
Administración, hará saber la Dirección Nacional de Identificación Civil.
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