APROBACION DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1995




Promulgación: 13/02/1996
Publicación: 05/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 423
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   La escala de sueldos del Organismo a partir del 1º de enero de 1995, es
la que resulta del Anexo III y estará sujeta a los aumentos salariales
que oportunamente se decreten.
   La Administración procederá a efectuar las reliquidaciones que resulten
de la aplicación de las normas contenidas en ese Decreto, a partir de esa
fecha y hasta que se comience a liquidar y pagar efectivamente de acuerdo
al mismo.(*)


(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 48/996 de 
13/02/1996.
Ver en esta norma, artículos: 17, 20, 21, 24, 25, 26 y 30.
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