APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE BCU. EJERCICIO 1993




Promulgación: 25/10/1993
Publicación: 10/11/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 72

   GRUPO DE DIRECCION Y SUPERVISION. El personal del nivel de jefatura
percibirá una remuneración mensual de acuerdo a los grados de la Escala
Patrón Unica que se indican:

         DENOMINACION DEL CARGO         GRADO E.P.U.
         Jefe de Unidad III                41
         Jefe de Unidad II                 50
         Jefe de Unidad I                  54
         Jefe de Departamento II           54
         Jefe de Departamento II           56

 Cuando al personal comprendido en el cargo de Jefe de Unidad III de
este grupo le correspondiese una remuneración mensual inferior a la que
resultase por su antigüedad de acuerdo a la escala del artículo 7º., se
fijará su remuneración por aplicación de dicho artículo. Este
procedimiento se aplicará computando como antigüedad la que corresponda desde el ingreso a la actividad bancaria. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 84 y 86.
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