FIJACION DE RETRIBUCIONES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 04/07/1977
Publicación: 13/07/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 44
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 A los funcionarios contratados y jornaleros, cuyas remuneraciones
actuales se abonan con cargo a los Renglones 0.21, 0.23, 0.27, 0.41, 0.44,
0.47, 0.79/1, 0.79/2 y 0.79/3, Proventos y Leyes Especiales, se otorgará
el aumento de sus retribuciones, de acuerdo a lo establecido en el
presente decreto para los presupuestados considerando la equivalencia de
los Renglones respectivos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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