Cuando los interesados sean personas físicas, deberán cumplir
con los requisitos siguientes:
A) Ser mayor de edad.
B) Constituir domicilio en el territorio nacional y preferentemente en el
lugar donde prestará el servicio.
C) Prestar declaración de fe democrática, y aceptación de la forma
democrática y representativa de gobierno establecida en la
Constitución de la República;
D) Demostrar poseer capacidad económica, de acuerdo con la categoría de
la estación que se proyecte instalar;
E) Presentar adecuada certificación que acredite solvencia moral.
(*)
(*)Notas:
Literales a) y b) redacción dada por: Decreto Nº 400/000 de 29/12/2000
artículo 1.
Ver en esta norma, artículos:9, 10 y 22.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 349/990 de 07/08/1990 artículo 8.