REGLAMENTACION DE LA LEY 19.288 REFERENTE A DEPURACION DE SOCIEDADES INACTIVAS E IDENTIFICACION DE TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS Y EN COMANDITA POR ACCIONES




Promulgación: 27/11/2014
Publicación: 04/12/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1010
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.288 de 26/09/2014.

CAPITULO VII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 33

   Información registral. La información que expida el Registro de Personas Jurídicas y la Sección Mandatos y Poderes del Registro Nacional de Actos Personales dependientes de la Dirección General de Registros relativa a las entidades comprendidas en el artículo 1° del presente Decreto, deberá contener constancia expresa que la disolución o liquidación de las mismas, así como la revocación de los mandatos que hubieren otorgado, se produjeron en virtud del régimen establecido por la ley que se reglamenta.

   Asimismo, toda información que expida la Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social relativa a las entidades comprendidas en el artículo 1° del presente Decreto, deberá contener constancia expresa que la disolución, extinción, o liquidación de las mismas, se produjeron en virtud del régimen establecido por la Ley que se reglamenta.
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