DISPONESE UN SOPORTE INSTITUCIONAL A FIN DE RECABAR FUENTES DE FINANCIAMIENTO PARA LA BECA CARLOS QUIJANO




Promulgación: 17/09/2007
Publicación: 24/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 726
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 32.

Artículo 7

 Las convocatorias establecerán las bases y directivas para realizar los
mencionados convenios que podrán incluir la creación de Tribunales de
Selección especiales que brinden las garantías de imparcialidad y
publicidad para la adjudicación de las becas, sin perjuicio que, en todos
los casos, la resolución de declarar los beneficiarios de la Beca "Carlos
Quijano" será del Ministerio de Educación y Cultura.
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