REGLAMENTACION DEL ART. 9 DE LA LEY 18.931, RELATIVO A LA CONSTITUCION DE FIDEICOMISO PARA LA ADQUISICION DE ACTIVOS PERTENECIENTES A PLUNA S.A.




Promulgación: 30/07/2012
Publicación: 01/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 389
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.931 de 17/07/2012 artículo 9.
VISTO: el artículo 9 de la ley N° 18.931, de 17 de julio de 2012.-

RESULTANDO: I) que por el mismo se crea el Fondo de Adelantos de Créditos
Laborales de PLUNA S.A. (FACLP), estando dentro de sus cometidos abonar a
aquellos empleados de PLUNA S.A. que se encuentren en seguro de desempleo
un complemento a dicho seguro.-

II) que se establece que el Fondo de Adelantos de Créditos Laborales de
PLUNA S.A. se integrará con recursos provenientes de Rentas Generales por
un monto máximo de UI 84.000.000 (unidades indexadas ochenta y cuatro
millones).-

III) que a los efectos de acceder al beneficio los ex-empleados de PLUNA
S.A. deberán ceder y transferir al FACLP créditos laborales por
indemnización por despido común contra PLUNA S.A. por un monto equivalente
al del beneficio otorgado por el artículo 9° citado, colocando al FACLP en
la misma posición, grado y prelación respecto de los créditos cedidos.-

IV) que el Fondo de Adelantos de Créditos Laborales de PLUNA S.A. debe ser
administrado por una Comisión integrada por cinco miembros, designados
tres de ellos por el Poder Ejecutivo (Ministerio de Economía y Finanzas,
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social que la presidirá) y dos por el PIT-CNT..-

CONSIDERANDO: que es necesario reglamentar la disposición legal mencionada
en el visto del presente decreto.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Créase la Comisión Administradora del Fondo de Adelantos de Créditos
Laborales de PLUNA S.A, la que estará integrada por los Ministros de
Transporte y Obras y Públicas, Trabajo y Seguridad Social y Economía y
Finanzas, o en quiénes estos deleguen y por dos delegados del PIT-CNT y
será presidida por el representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social.-

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO -
ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO -
ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - LEONEL BRIOZZO - TABARÉ AGUERRE - ANTONIO CARÁMBULA - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER
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