Capítulo VII
De la Evaluación Primaria De las Tareas Individuales en base a metas y objetivos
Artículo 27
Los objetivos Institucionales, los objetivos y metas de las Misiones y
Direcciones y las Tareas Individuales deberán elaborarse con anterioridad
al comienzo del período a calificar, esto es, antes del 1° de enero de
cada año y comenzarán a ejecutarse a partir de esa fecha, previa
información a la Dirección General de Secretaría.