APROBACION DEL REGLAMENTO DE CALIFICACIONES DE LOS FUNCIONARIOS DEL ESCALAFON "M" SERVICIO EXTERIOR




Promulgación: 06/06/2013
Publicación: 12/06/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1088
Referencias a toda la norma

Capítulo V
De la Junta de Calificaciones

Artículo 11

   La Junta de Calificaciones estará integrada por:
a) el señor Director General de Secretaría, quien la presidirá;
b) la señora Directora General para Asuntos Técnico-Administrativos,
   quien ejercerá la Presidencia en ausencia del señor Director General
   de Secretaria;
c) el Director General para Asuntos Políticos;
d) el Director General para Asuntos Económicos Internacionales;
e) el Director General para Asuntos de Integración y MERCOSUR;
f) el Director General de Cooperación Internacional;
g) el Director General para Asuntos Culturales; 
h) el Director General para Asuntos Consulares y Vinculación;
i) el Director General del Área para Asuntos de Frontera, Limítrofes y
   Marítimos;
j) un delegado de los funcionarios del escalafón "M" Servicio Exterior,
   quien tendrá derecho a voz y a voto, cuyo rango no deberá ser inferior
   a Ministro Consejero;
k) el Director de Personal u otro funcionario de dicha Dirección que éste
   designe en caso de impedimento debidamente fundado, quien ejercerá la
   Secretaría de la Junta, sólo con derecho a voz. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 141/015 de 26/05/2015 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 169/013 de 06/06/2013 artículo 11.
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