PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 11
La Junta de Calificaciones estará integrada por:
a) el Director General de Secretaría, quién la presidirá;
b) el Director General para Asuntos Técnico Administrativos;
c) el Director General para Asuntos Políticos;
d) el Director para Asuntos Económicos Internacionales;
e) el Director General para Asuntos de Integración y MERCOSUR;
f) el Director General de Cooperación Internacional;
g) el Director General para Asuntos Culturales;
h) el Director General para Asuntos Consulares y Vinculación;
i) un delegado de los funcionarios del escalafón "M" Servicio
Exterior, quien tendrá derecho a voz y a voto, cuyo rango no deberá
ser inferior a Ministro Consejero; y
j) el Director de Personal, quien ejercerá la Secretaría de la Junta,
sólo con derecho a voz.