Fecha de Publicación: 12/06/2013
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 11

 La Junta de Calificaciones estará integrada por:
a)     el Director General de Secretaría, quién la presidirá;
b)     el Director General para Asuntos Técnico Administrativos;
c)     el Director General para Asuntos Políticos;
d)     el Director para Asuntos Económicos Internacionales;
e)     el Director General para Asuntos de Integración y MERCOSUR;
f)     el Director General de Cooperación Internacional;
g)     el Director General para Asuntos Culturales;
h)     el Director General para Asuntos Consulares y Vinculación;
i)     un delegado de los funcionarios del escalafón "M" Servicio
       Exterior, quien tendrá derecho a voz y a voto, cuyo rango no deberá
       ser inferior a Ministro Consejero; y
j)     el Director de Personal, quien ejercerá la Secretaría de la Junta,
       sólo con derecho a voz.
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