REGULACION DEL SERVICIO DE TELEVISION SATELITAL PARA ABONADOS




Promulgación: 30/05/2000
Publicación: 07/06/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 1033
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 Las empresas titulares de los derechos, para obtener la autorización
correspondiente del Poder Ejecutivo, deberán cumplir con los siguientes
requisitos:

a) Constituirse en el territorio nacional, directamente o a través de
representantes.

b) Fijar domicilio en el territorio nacional, a todos los efectos
administrativos o judiciales.

c) Constituir un depósito de garantía en cumplimiento de sus
obligaciones.

d) Acreditar por testimonio o certificado notarial la legitimidad de sus
derechos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
Referencias al artículo
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