APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEl BSE. EJERCICIO 2013




Promulgación: 08/05/2013
Publicación: 28/05/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 813
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Asignación de funciones. Los funcionarios presupuestados o contratados, a
quienes se asigne transitoriamente las  funciones que a continuación se
detallan percibirán  mientras dure el desempeño de estas, una partida 
complementaria por la diferencia que existe entre las remuneraciones de su
cargo y los respectivos grados de la escala.

a)     El otorgamiento de funciones a partir del 1° de enero de 1998, será
vía concurso. Todas las funciones serán objeto de revisión periódica a
efectos del mantenimiento de las mismas, según lo establezca la
reglamentación.

Función                                               GEPU        Cant.
Gerente Regional                                     58 (2)         5
Gerente Técnico en Prensa y RRPP                     54             1
Coordinador de Psicólogos                            50 (5)         1
Responsable de Productos                             45 (7)         7 (*)
Ingeniero                                            44             1
Coordinador de Analistas de Riesgos                  44             1
Traductor                                            44             1
Coordinador en Comunic. y marketing                  41             1
Coordinador en Comunicación                          41             1
Técnico en Analisis y Programador Senior             40             1
Analista de Riesgo                                Esc 201(6)        4
Asistente Social                                     36             2
Técnico en Analisis y Prog. Junior                   36             6
Analista en Comunicación                             28             5
Analista en Marketing y Comunic.                     28             6
Experto Gráfico                                      28             1
Técnico Asesor en Rel. Laborales                     28             1
Jefe de Departamento CSM                           48.1(1)          7
Jefe Serv. CSM                                     45.1(1)          5
Jefe Serv. Médico Evaluador                        45.1(3)          1
Jefe Serv. Médico Certificador                     49 (4)           1

(1) Esta función solo puede otorgarse a funcionarios que ocupen cargos o
funciones contratadas de Médico, Químico, Técnico Superior de Laboratorio
u Odontólogo según corresponda. En caso de cumplir con el horario integral
bancario se aplicará la siguiente retribución.

Función                                        GEPU
Jefe de Departamento CSM                         52
Jefe de Servicio CSM                             49

(2) Estas funciones solo pueden otorgarse a funcionarios que tengan el
cargo de Gerente de División Sucursales y Agencias (Categoría NII, grado
1).
(3) Esta función solo puede otorgarse a funcionarios que ocupen cargos de
Médico Evaluador
(4) Esta función solo puede otorgarse a funcionarios que ocupen cargos de
Médico Certificador y cumplan con el horario integral bancario.
(5) Esta función solo podrá otorgarse a funcionarios que ocupen cargos de
psicólogos y desempeñen tareas en la División Capital Humano.
(6) El corrimiento en estas escalas se refiere a los años de otorgamiento
en cada una de las funciones, sujeto a lo dispuesto en los Artículos 34° y
35°  de estas Normas.
(7) En caso que algún funcionario nivel III de cualquier clase acceda a la
función de Responsable de Producto se otorgarán funciones al amparo del
artículo 8° para su subrogación.

b) Función

                                        GEPU                 CANT
Sub Gerente General                       64                    2

(*)Notas:
Literal a) redacción dada por: Decreto Nº 181/013 de 17/06/2013 artículo 
3.
Ver en esta norma, artículos: 8 y 9.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 140/013 de 08/05/2013 artículo 5.
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