Fecha de Publicación: 17/01/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 19

   La empresa no ocupará un tercio de las vacantes que se generen entre el 1° de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018. Al efectuar la provisión de vacantes se dará cumplimiento a lo establecido por los Artículos 49° y 50° de la Ley 18.651 de 19 de febrero de 2010 (Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad) y con personal afro-descendiente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 19.122 de 21 de agosto de 2013. Se elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 31 de enero de 2018, la nómina total de las vacantes existentes al 31.12.17. 
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