APROBADO POR LEY Nº 19.276




Promulgación: 19/09/2014
Publicación: 25/09/2014
Aprobado/a por: Ley Nº 19.276 de 19/09/2014 artículo 1.
Referencias a toda la norma

TÍTULO II
SUJETOS ADUANEROS
CAPÍTULO II PERSONAS VINCULADAS A LA ACTIVIDAD ADUANERA
SECCIÓN III OTRAS PERSONAS VINCULADAS A LA ACTIVIDAD ADUANERA

Artículo 38

 (Operador postal).- El operador postal es la persona de derecho público o
privado que explota económicamente y en su propio nombre el servicio de
admisión, tratamiento, transporte y distribución de correspondencia y
encomiendas, incluyendo los de entrega expresa que requieren un traslado
urgente.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 96/015 de 20/03/2015.
Ver en esta norma, artículos: 39, 41 y 43.
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