TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo IV - Interés nacional
Artículo 98-T3
Promoción, desarrollo y tecnificación de las micro, pequeñas y medianas empresas.- Decláranse de interés nacional la promoción, desarrollo y tecnificación de las micro, pequeñas y medianas empresas con el objetivo de propender a su descentralización geográfica, al aumento de la productividad de sus recursos y a la generación de empleos en todo el territorio de la República. (*)
Fuente: Ley 16.201 de 13 de agosto de 1991, artículo 1° (Texto
integrado).