APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION I - DISPOSICIONES PRELIMINARES
Capítulo I - Recursos del Estado

Artículo 8-T1

   Exoneraciones, rebajas, moratorias o facilidades para el pago de tributos.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2° y concordantes del Código Tributario, la concesión de exoneraciones, rebajas, moratorias o facilidades para el pago de tributos, sólo podrá ser dispuesta en las condiciones que determine la ley o, en su caso, los decretos de las Juntas Departamentales.

   Fuente: Ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, artículo 458° (Texto
   integrado).
Referencias al artículo
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