APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 21 - IMPUESTO MÍNIMO COMPLEMENTARIO DOMÉSTICO
Título agregado por Ley 20.446 de 16/12/2025 artículo 665
CAPÍTULO IX- DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 75-T21

   Interpretación. - Las definiciones establecidas en este Título se aplicarán exclusivamente a los efectos de la determinación del presente impuesto. No se confundirán con términos similares definidos por otras leyes, tributarias o no, ni podrán ser utilizadas directa o indirectamente en la interpretación o definición de los mismos términos cuando estén previstos en otras leyes, excepto en caso de remisión expresa. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 665.
Referencias al artículo
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