APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 21 - IMPUESTO MÍNIMO COMPLEMENTARIO DOMÉSTICO
Título agregado por Ley 20.446 de 16/12/2025 artículo 665
CAPÍTULO I - HECHO GENERADOR

Artículo 6-T21

   Entidad matriz última.- Se considera entidad matriz última a:

     a) una entidad que:

        i)  posea, directa o indirectamente, una participación de control  
            en cualquier otra entidad; y

        ii) no es propiedad, a través de una participación de control, 
            directa o indirectamente, de otra entidad; o

     b) la entidad principal de un grupo definido en el último inciso del 
        artículo 4°. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 665.
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