TÍTULO 21 - IMPUESTO MÍNIMO COMPLEMENTARIO DOMÉSTICO
Título agregado por Ley 20.446 de 16/12/2025 artículo 665 CAPÍTULO I - HECHO GENERADOR
Artículo 6-T21
Entidad matriz última.- Se considera entidad matriz última a:
a) una entidad que:
i) posea, directa o indirectamente, una participación de control
en cualquier otra entidad; y
ii) no es propiedad, a través de una participación de control,
directa o indirectamente, de otra entidad; o
b) la entidad principal de un grupo definido en el último inciso del
artículo 4°. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 665.