APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TITULO 13 - IMPUESTO DE ENSEÑANZA PRIMARIA (IEP)

Artículo 6-BIST13

      
   Requisitos vinculados a los arrendamientos.- En toda
   acción judicial en la que se pretenda hacer valer un contrato de
   arrendamiento, deberá acreditarse estar al día con el Impuesto anual
   de Enseñanza Primaria (IEP) o su exoneración.

   Exceptúase del requisito establecido en el inciso anterior a la acción
   de desalojo para los arrendamientos de inmuebles sin garantía que
   cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 421 de la Ley N°
   19.889, de 9 de julio de 2020.

   Facúltase al Poder Ejecutivo a establecer la obligatoriedad de la
   inscripción en el Registro correspondiente de los arrendamientos o
   subarrendamientos que determine. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 3.
Agregado/s por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 662.
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