TÍTULO 21 - IMPUESTO MÍNIMO COMPLEMENTARIO DOMÉSTICO
Título agregado por Ley 20.446 de 16/12/2025 artículo 665 CAPÍTULO I - HECHO GENERADOR
Artículo 5-T21
Entidad constitutiva.- Se considera entidad constitutiva:
a) cualquier entidad que forme parte de un grupo; y
b) cualquier establecimiento permanente de una entidad principal que
forme parte de un grupo a que refiere el literal a).
Un establecimiento permanente que sea una entidad constitutiva conforme al literal b) se tratará como independiente de la entidad principal y de cualquier otro establecimiento permanente de dicha entidad principal.
Una entidad constitutiva no incluye una entidad que sea una entidad excluida. (*)
(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 665.