APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
SECCIÓN III - OTROS ACUERDOS INTERNACIONALES
Capítulo XLVI - Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Checa

Artículo 46-T2-S.III-C.XLVI

   Artículo 180°.- Ambas Partes se comprometen a acordarse recíprocamente el tratamiento de la nación más favorecida en todo lo relativo a la importación y a la exportación de productos entre sus dos países, de conformidad con las disposiciones del Acuerdo General de Aranceles y Comercio 1994/la Organización Mundial de Comercio (GATT 1994/OMC).

   Artículo 181°.- Las disposiciones del Artículo 2 no serán, sin embargo, aplicables a:
a) las ventajas, concesiones o exenciones que cada Parte haya acordado o
   pueda acordar a los países vecinos para facilitar el tránsito y el
   comercio fronterizos.
b) las ventajas y/o concesiones que cada Parte haya acordado o pueda
   acordar en el marco de uniones aduaneras, zonas de libre comercio, de
   las cuales sean o puedan ser miembros.

   Artículo 182°.- De conformidad con la legislación vigente en cada país las Partes exonerarán de aranceles aduaneros, impuestos y demás derechos a:
a) muestras y mercancías sin valor comercial y materiales de publicidad
   comercial;
b) objetos y mercancías importadas temporalmente y destinadas a ferias y
   exposiciones;
c) equipos destinados a pruebas, exámenes e investigación científica
   conforme a los programas que se establezcan en el marco de este
   Acuerdo.
   En caso de que los productos amparados por las facilidades mencionadas en el presente artículo sean vendidos, se aplicarán los aranceles de importación, impuestos y demás gravámenes relativos a la importación conforme a la legislación vigente en cada Estado Parte.

   Fuente: Ley 17.022 de 9 de noviembre de 1998, artículo único (Acuerdo
   Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el
   Gobierno de la República Checa, suscrito en la ciudad de Montevideo el
   día 26 de setiembre de 1996, artículos, 2°, 3° y 8°).
Referencias al artículo
Ayuda