TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo XLIII - Fideicomisos
Artículo 323-T3
Fideicomiso II de la Seguridad Social.- El Fideicomiso II de la Seguridad Social estará exonerado de toda obligación tributaria de carácter nacional o departamental, creada o a crearse, que recaiga sobre su constitución, su actividad, sus operaciones, su patrimonio y sus rentas. (*)
Fuente: Ley 20.209 de 1 de noviembre de 2023, artículo 7° (Texto
integrado).