APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 2 - DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
SECCIÓN III - OTROS ACUERDOS INTERNACIONALES
Capítulo XXXI - Convenio de Cooperación Técnica Científica entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Popular China

Artículo 31-T2-S.III-C.XXXI

   Artículo 120°.- Las Partes eximirán, de acuerdo con las disposiciones vigentes de su legislación nacional, de impuestos de aduana y demás gravámenes en relación con la importación y exportación de equipos, muestras e instrumentos para la ejecución de los proyectos derivados del presente Convenio.

   Fuente: Ley 16.514 de 5 de julio de 1994, artículo único (Convenio de
   Cooperación Técnica Científica entre el Gobierno de la República
   Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Popular China,
   suscrito el 5 de abril de 1993, artículo VIII).
Referencias al artículo
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