TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo XXX - Código Aduanero
Artículo 261-T3
Exclusiones al régimen previsto para el tráfico fronterizo.- Estarán excluidos del régimen previsto en los artículos 259° y 260° de este Título, la mercadería y los vehículos que sean utilizados con fines comerciales o industriales. (*)
Fuente: Ley 19.276 de 19 de setiembre de 2014, artículo 148° (Texto
integrado).