APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: 16/05/2024
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo XXIII - Sociedades cooperativas

Artículo 205-T3

   Cooperativas de consumo. Exoneraciones.- Sin perjuicio de la derogación dispuesta por el artículo 8° de la Ley N° 17.794, de 22 de julio de 2004, se mantienen vigentes los beneficios acordados por el artículo anterior, mientras se cumplan los requisitos establecidos en dicha norma. (*)

   Fuente: Ley 17.794 de 22 de julio de 2004, artículo 8° (Texto
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 352 - Título 3.
Referencias al artículo
Ayuda