TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo XIV - Actividades navales
Artículo 160-T3
Diques flotantes.- Los diques flotantes serán asimilados a las naves a los efectos de todas las normas legales de promoción de las naves de bandera nacional. (*)
Fuente: Decreto-Ley 15.080 de 21 de noviembre de 1980, artículo 6°
(Texto integrado).