APROBADO POR DECRETO N° 150/012




Promulgación: 11/05/2012
Publicación: 17/05/2012
Aprobado/a por: Decreto Nº 150/012 de 11/05/2012 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Decreto Nº 150/012, artículo 3:
 ver referencias normativas al TOCAF 1996
Referencias a toda la norma

TITULO VI - DE LAS RESPONSABILIDADES

Artículo 148

   Cuando se inicie el sumario a contadores que por aplicación del
artículo 113 de este Texto Ordenado tengan calidad de Contadores Delegados
del Tribunal de Cuentas, el hecho deberá ser comunicado a dicho Tribunal,
y no podrá separarse del cargo al inculpado sin la previa opinión del
mencionado órgano.

   Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 583.
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