APROBADO POR RESOLUCION N° 13/993




Promulgación: 12/01/1993
Publicación: 24/02/1993
Aprobado/a por: Resolución Nº 13/993 de 12/01/1993.

TITULO IV - RESOLUCIONES DELEGATORIAS DE ATRIBUCIONES PARTICULARES
AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

4-3(R.125/992)

El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
1º.- Delégase en el Ministro de Relaciones Exteriores o en quien haga sus veces la atribución del Poder Ejecutivo establecida en el artículo 12 del Decreto Nº 139/985, de 16 de abril de 1985, en la redacción dada por el artículo 1º del Decreto Nº 283/991, de 28 de mayo de 1991. 2º.- Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, el Poder Ejecutivo podrá avocar la atribución delegada, como asimismo la Secretaría de Estado delegataria someterla a consideración de este Poder. 3º.- La atribución delegada no puede ser, a su vez, objeto de delegación. 4º.- La delegación no obsta a lo dispuesto en los artículos 160 y 165 de la Constitución de la República. 5º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores enviará a la Secretaría de la Presidencia de la República copia autenticada de las resoluciones que se dicten en ejercicio de atribuciones delegadas, dentro de las cuarenta y ocho horas de adoptadas. Fuente: Resolución N° 125/992 de 25 de febrero de 1992
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