EXONERACION A UTE DE TRIBUTOS A LA IMPORTACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS




Promulgación: 07/03/2012
Publicación: 20/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 325

5

 A los efectos del control y seguimiento, la Administración Nacional de
Usinas y Transmisiones Eléctricas, deberá presentar a la Comisión de
Aplicación y en forma simultánea ante el Ministerio de Industria, Energía
y Minería, dentro de los cuatro meses del cierre de cada ejercicio
económico, sus Estados Contables con informe de Profesional habilitado
según corresponda, y un documento en el que conste el cumplimiento de los
resultados esperados por el proyecto que justificaron el otorgamiento de
los beneficios.-
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