VISTO: la solicitud de la empresa SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA
URUGUAY S.A., con número de RUT 215078650012, tendiente a que se amplíe la
Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de abril de 2009, por la que se
declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión.-
RESULTANDO: que la ampliación del proyecto tiene como objetivo la
instalación de la maquinaria necesaria para llevar a cabo la actividad de
tendido de líneas aéreas eléctricas y telefónicas, construcción de centros
de transformación, mantenimiento de líneas de alta tensión y obras
civiles.-
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12°. de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Minería,
decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada Ley.-
II) que la ampliación del proyecto presentado por SERVICIO DE INGENIERIA
ELECTRICA URUGUAY S.A., da cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No.
16.906, de 7 de enero de 1998.-
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial de 28 de marzo de 1974, la Ley No. 16.906 de 7 de
enero de 1998 y la Resolución del Poder Ejecutivo No. 1.248, de 10 de
agosto de 2010.
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVEN:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 27 de abril de 2009,
por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de
la empresa SERVICIOS DE INGENIERIA ELECTRICA URUGUAY S.A., tendiente a la
instalación de la maquinaria necesaria para llevar a cabo la actividad de
tendido de líneas aéreas eléctricas y telefónicas, construcción de centros
de transformación, mantenimiento de líneas de alta tensión y obras
civiles, por un monto de UI 1.541.070.-