DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. INDUSTRIA PAPELERA URUGUAYA S.A.




Promulgación: 19/10/2010
Publicación: 05/11/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1049

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 Exonérase a la empresa INDUSTRIA PAPELERA URUGUAYA S.A., del pago del
Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas por UI 59.955.844,
equivalente a 63% de la inversión elegible, que será aplicable por un
plazo de 17 años a partir del ejercicio comprendido entre el 1°/01/07 y el
31/12/07 inclusive o desde el ejercicio en que se obtenga renta fiscal,
siempre que no hayan transcurrido cuatro ejercicios de la declaratoria
promocional. En este caso, el referido plazo máximo se incrementará en
cuatro años y se computará desde el ejercicio en que se haya dictado la
presente declaratoria.
El monto exonerable en cada ejercicio no podrá superar la menor de las
siguientes cifras:
a) la inversión efectivamente realizada entre el inicio del ejercicio y el
   plazo establecido para la presentación de la correspondiente
   declaración jurada, y en ejercicios anteriores si dichas inversiones
   estuvieran comprendidas en la declaratoria promocional y no hubieran
   sido utilizadas a efectos de la exoneración en los ejercicios que
   fueron realizadas,
b) el monto total exonerable a que refiere el presente numeral, deducidos
   los montos exonerados en ejercicios anteriores.
Este beneficio se aplicará de acuerdo a lo establecido en el Art. 16 del
Decreto N° 455/007 de 26 de noviembre de 2007.
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