Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Las artes de pesca empleadas en las zonas D, F, G, H e I deberán estar
debidamente identificadas con el número de permiso y matrícula. Las
embarcaciones, tal como lo dispone la reglamentación vigente, deberán
tener claramente visibles el nombre y la matrícula y estar el casco,
totalmente pintado de color naranja.