Serán cometidos de la referida Unidad:
a) Actuar ante los Organismos Internacionales de Naciones Unidas,
fundamentalmente OPS/OMS a fin de obtener el mejor relacionamiento con
el Ministerio de Salud Pública.
b) Desarrollar acciones tendientes a lograr la cooperación recíproca en el
Area de la Salud con los países con los que el Estado Uruguayo
mantiene relaciones diplomáticas.
c) Cumplir toda otra actividad que contribuya al mejor desempeño de las
funciones encomendadas, así como las que le encargue la Oficina de
Cooperación Internacional.
d) Mantener estrecha coordinación dentro del ámbito de la competencia
específica que se establece en esta Resolución con los Ministerios de
Relaciones Exteriores y Economía y Finanzas y la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.