Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Quedan expresamente formuladas las siguientes reservas: a) de la
prestación de los servicios de rampa por parte del Estado. b) del derecho
de adquisición a que alude el artículo 26 de la Reglamentación aprobada
por el Decreto 39/977 de fecha 25 de enero de 1977.