REVOCACION DE ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 104.9 MHZ.
METROPOLIS FM
Promulgación: 26/10/2004
Publicación: 01/11/2004
Registro Nacional de Leyes y Decretos:
Tomo: 1
Semestre: 2
Año: 2004
Página: 1017
VISTO: Las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC), solicita la revocación de la
autorización dispuesta por la Resolución del Poder Ejecutivo 1096/997 de
28 de octubre de 1997, al señor Pablo Zalcberg Sitner, por no haber
efectivizado la misma, solicitando además la denegatoria de la petición
presentada por dicho titular, con fecha 2 de diciembre de 2003.-
RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución, se autorizó al señor
Pablo Zalcberg Sitner, titular de la emisora 104.9 Mhz. "METROPOLIS FM",
de la localidad de La Paz, departamento de Canelones, el uso de la
subportadora de la emisora referida, para brindar el servicio secundario
de música funcional.-
II) que habiéndose notificado la citada Resolución al titular con
fecha 14 de noviembre de 1997, compareció el permisionario el día 19 de agosto de 1999, solicitando una prórroga para su puesta en funcionamiento.-
III) que por la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones
266/00 de 21 de setiembre de 2000, se desestimó dicha solicitud y se
intimó a la instalación y operación de la subportadora en un plazo no
mayor a quince días hábiles contados desde la notificación de la
Resolución.-
IV) que con fecha 9 de octubre de 2000, el permisionario comunicó a la
Administración, la instalación de la subportadora, solicitando la
realización de la inspección técnica correspondiente.-
V) que con fecha 25 de febrero de 2002, el Grupo de Control y
Supervisión Logística de URSEC, informó que habiéndose procedido al
monitoreo de la subportadora de FM METROPOLIS, la misma no se encontraba
en funcionamiento.-
VI) que con fecha 2 de diciembre de 2003, el titular solicitó dejar en
suspenso la autorización oportunamente conferida para la utilización de
la subportadora.-
CONSIDERANDO: I) que ha transcurrido un plazo de casi siete años desde
la autorización de instalación y operación de la subportadora de la
emisora, sin que la misma se haya efectivizado a pesar de la intimación
efectuada.-
II) que en virtud de lo expuesto, corresponde denegar la petición de
mantener en suspenso la autorización dispuesta por la Resolución del
Poder Ejecutivo (número interno 1096/997) de 28 de octubre de 1997,
procediéndose a la revocación de la misma.-
III) que habiéndosele conferido la vista prevista en el artículo 76
del Decreto 500/91 de 27 de setiembre de 1991 al peticionante, la misma
no fue evacuada.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley
17.296 de fecha 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Deniégase al señor Pablo Zalberg la solicitud de fecha 2 de diciembre
de 2003, de mantener en suspenso la autorización conferida por la
Resolución del Poder Ejecutivo (número interno 1096/997) de 28 de octubre
de 1997.-
Revócase la autorización otorgada al señor Pablo Zalberg por la
Resolución del Poder Ejecutivo (número interno 1096/997) de 28 de octubre
de 1997, para el uso de la subportadora de la emisora 104.9 Mhz
"METROPOLIS FM" de la localidad de La Paz, Departamento de Canelones, a
efectos de brindar el servicio secundario de música funcional.-