AUTORIZACION DE EROGACION PARA CONTRATACION DE SEGURO DEL BANCO DE SEGUROS DEL ESTADO, PARA DEPOSITO DE "RESPIRADORES DE USO MEDICO". COMPRA DIRECTA N° 17/020
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la compra directa por excepción N° 17/020 referente a la adquisición de respiradores de uso médico, realizada en el marco de la problemática ocasionada por la pandemia mundial provocada por el COVID-19;
RESULTANDO: que la referida compra fue adjudicada por Resolución de la Unidad Centralizada de Adquisiciones N° 109/020, de 6 de julio de 2020, a la empresa TECMAR MÉDICA S.A, al amparo de lo dispuesto por el numeral 10) literal C) del artículo 33 del TOCAF;
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Salud Pública dio solución inmediata al tema del depósito de los respiradores y monitores adjudicados, hasta tanto sean entregados a los distintos prestadores, pero los depositarios requieren que los mismos sean asegurados;
II) que en atención a los fundamentos expuestos, corresponde que la financiación del seguro reseñado se realice en el marco de lo establecido por el artículo 1° de la Ley N° 19.874 de 8 de abril de 2020;
III) que de acuerdo a Resolución del Tribunal de Cuentas N° 60/2020, de 5 de mayo de 2020, se dispone que la Intervención de los gastos que se financien con cargo al "Fondo Solidario COVID-19" será realizada por el Contador Central de la Contaduría General de la Nación en el Ministerio de Economía y Finanzas;
ATENTO: a los fundamentos expresados y a lo preceptuado por la Ley N° 19874 de 8 de abril de 2020 y su Decreto Reglamentario N° 133/020 de 24 de abril de 2020;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase la erogación por el monto de U$S 10.473,15 (dólares estadounidenses diez mil cuatrocientos setenta y tres con quince centésimos) impuestos incluidos, referente a la contratación del seguro del Banco de Seguros del Estado (Póliza 0109933/1) para depósito de los bienes objeto de la compra directa por excepción N° 17/020 de "respiradores de uso médico", ad referéndum de la intervención preventiva del gasto por el Tribunal de Cuentas, que cuenta con la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas.
Solicítase al Ministerio de Economía y Finanzas, atender la erogación resultante al amparo de lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 19.874, de 8 de abril de 2020 (FONDO SOLIDARIO COVID-19).