AUTORIZACION PARA LA CONSTRUCCION, LANZAMIENTO PUESTA EN ORBITA Y OPERACION DE UN SISTEMA SATELITAL GEOESTACIONARIO DE TELECOMUNICACIONES. CORPORACION FUNCIONAL DE COMUNICACIONES S.A. (C.F.C.S.A.)




Promulgación: 19/10/1999
Publicación: 28/10/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1031
Referencias a toda la norma

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 Fíjanse las siguientes garantías:
- un 5% (cinco por ciento) del valor de la tasa T-D117, por concepto de
garantía de mantenimiento del proyecto y cumplimiento de sus
obligaciones, que deberá constituirse dentro de los 30 (treinta) días
siguientes de notificada la presente Resolución.-
- 20 (veinte) veces el valor de la tasa T-D 117, por concepto de garantía
por indemnización de los daños y perjuicios que pudieren ocasionarse al
país o a terceros por el lanzamiento u operación, la que deberá
constituirse con una antelación no menor a los 180 (ciento ochenta días)
de la fecha fijada para el lanzamiento del satélite.-
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