AUTORIZACION PARA LA EXPLOTACION COMERCIAL DEL SERVICIO MOVIL POR SATELITE NO GEOESTACIONARIO A TRAVES DE LA RED NEW ICO. TELEDESIC URUGUAY S.R.L.




Promulgación: 24/05/2002
Publicación: 29/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 856
Ver vigencia: Resolución Nº 671/003 de 03/06/2003 numeral 2.
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones, da cuenta de la solicitud formulada por 
"TELEDESIC URUGUAY S.R.L.", tendiente a obtener autorización para la 
operación y explotación comercial del servicio móvil por satélite no 
geoestacionario a través de la red "New ICO".

RESULTANDO: que la "URSEC", se encuentra abocada al diseño integral del 
Marco Regulatorio que habrá de incluir el régimen de otorgamiento de 
licencias, así como las obligaciones de carácter económico, técnico y 
operativo a las que estarán sujetos los operadores y prestadores de 
servicios de comunicaciones.

CONSIDERANDO: que sin perjuicio de la elaboración de las normas que 
compondrán el Marco Regulatorio en materia de telecomunicaciones, resulta 
conveniente autorizar a "TELEDESIC URUGUAY S.R.L." la provisión del 
servicio mencionado en el VISTO de la presente Resolución.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley 17.296 
de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora 
de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo informado por la Asesoría 
Letrada de la misma.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Autorízase a la empresa "TELEDESIC URUGUAY S.R.L.", la prestación de 
servicios de telecomunicaciones móviles por satélite no geoestacionario a 
través de la red "New ICO".

BATLLE - ROBERTO YAVARONE - ALBERTO BENSION 


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