No regirán para la Zona Franca Privada que se autoriza el régimen de
precios y plazos contractuales que aplica el Area Zonas Francas de la
Dirección General de Comercio a los usuarios de la zona franca pública. No
obstante, la empresa explotadora deberá establecer un régimen tarifario a
aplicar a sus usuarios que sea competitivo a nivel internacional.