AUTORIZACION PARA SUSCRIPCION DE ACUERDO ENTRE LOS MINISTERIOS DE DEFENSA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, SOBRE FORTALECIMIENTO DE LA COOPERACION EN MATERIA DE DEFENSA




Promulgación: 01/06/2010
Publicación: 21/06/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1105
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por el Ministerio de Defensa Nacional para que
se autorice la suscripción del Acuerdo para el fortalecimiento de la
cooperación en materia de Defensa a celebrarse entre el Ministerio de
Defensa de la República Argentina y el Ministerio de Defensa Nacional de
nuestro País.

RESULTANDO: I) que por dicho Acuerdo se establecerá un mecanismo de
diálogo político entre los Ministerios de Defensa denominado Comisión de
Diálogo Bilateral (CDB) que tendrá como propósito el fortalecimiento de
las relaciones bilaterales en materia de Defensa, a través del desarrollo
de una agenda de trabajo que permita profundizar la cooperación entre las
partes en ese ámbito.

II) que la citada Comisión de Diálogo Bilateral estará presidida por los
señores Secretario de Asuntos Internacionales de la Defensa de la
República Argentina y por el Sub Secretario de Defensa Nacional de nuestro
país.

III) que serán objeto de interés de la citada Comisión avanzar en la
planificación y aplicación de medidas para profundizar la cooperación en
materia de Defensa entre las partes en lo que respecta a, entre otras:
diálogo político-estratégico; fortalecimiento de los Ministerios de
Defensa y capacitación del personal civil de las Defensa; cooperación
militar, ejercicios combinados, así como coordinación de ejercicios
nacionales, etc.

CONSIDERANDO: que es de interés de ambas partes la celebración del Acuerdo
referido.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Ministerio de
Relaciones Exteriores, por el Departamento de Asuntos Internacionales y
por la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo
dispuesto por el numeral 7) del artículo 85 de la Constitución de la
República, por el artículo 145 de la Ley 15.851 de 24 de diciembre de 1986
y por el apartado B) del literal a) del numeral I) del artículo 1ro. de la
Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de octubre de 2005 (número interno
83.116).

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la suscripción del Acuerdo a celebrarse entre el Ministerio 
de Defensa de la República Argentina y el Ministerio de Defensa Nacional 
de la República Oriental del Uruguay para el fortalecimiento de la
cooperación en materia de Defensa en los términos que luce de fojas 22 a
24 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional
2010.02643-4 que se considera parte integrante de la presente 
Resolución. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

2

 Remítase copia de la presente Resolución a los Comandos Generales del
Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea y a la Embajada de la
República Argentina en nuestro País.

3

 Comuníquese, publíquese y pase al Departamento de Asuntos 
Internacionales para su conocimiento y a la Asesoría Notarial del 
Ministerio de Defensa Nacional para su registro y para la remisión al 
Ministerio de Relaciones Exteriores a los efectos de proceder acorde con
lo establecido en el numeral 7) del artículo 85 de la Constitución de la
República.

4

 Cumplido, vuelva y oportunamente archívese.

JOSE MUJICA - LUIS ROSADILLA - LUIS ALMAGRO
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