Autorízase a la empresa AGROTURISMO S.R.L. a usufructuar las
exoneraciones previstas en el artículo 3º inciso f. del Decreto 124/001,
exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las importaciones de bienes
destinados al equipamiento, cuyo listado obra anexo a la presente, por
hasta un monto imponible de U$S 62.185 (dólares americanos sesenta y
dos mil ciento ochenta y cinco). (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 1.919/002 de 27/11/2002 numeral 1.
Ver:Texto/imagen (anexo).
Ver en esta norma, numeral:4.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 875/002 de 14/05/2002 numeral 3.