CONVENIOS MARCO ENTRE EL MVOTMA E INSTITUCIONES FINANCIERAS PARA EL SISTEMA DE SUBSIDIO DE CREDITOS HIPOTECARIOS PARA VIVIENDA




Promulgación: 31/05/2010
Publicación: 18/06/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1093
VISTO: el llamado público a instituciones de intermediación financiera
privadas interesadas en participar del "Programa Sistema de Subsidio de
Créditos Hipotecarios para Viviendas" y los Convenios Marcos a suscribirse
entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
y los Bancos Santander S.A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Uruguay S.A.
(BBVA) y Nuevo Banco Comercial S.A., a los efectos que se dirán;

RESULTANDO: I) que el Banco Santander S.A., Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria Uruguay S.A. (BBVA) y Nuevo Banco Comercial S.A. se presentaron
a dicho llamado manifestando su interés en participar del "Programa
Sistema de Subsidio de Créditos Hipotecarios para Viviendas" y cumpliendo
con los requisitos exigidos por el mismo;

II) que mediante los Convenios Marco, las partes acuerdan los términos y
condiciones generales que regirán la participación de las referidas
Instituciones de Intermediación Financiera en el "Programa Sistema de
Subsidios de Créditos Hipotecarios para Vivienda" implementado por el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de
conformidad con los términos del Plan Quinquenal de Vivienda para el
período 2005-2009, aprobado por la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de
2005;

III) que este acuerdo constituye el marco regulatorio que regirá el
relacionamiento entre las instituciones, para la correcta implementación y
ejecución del "Programa de Sistema de Subsidio de Créditos Hipotecarios
para Viviendas" implementado por el referido Ministerio como instrumento
para el acceso a una vivienda por parte de sus beneficiarios mediante un
crédito hipotecario otorgado por alguna de las referidas instituciones
financieras, para lo cual asumen los compromisos relacionados en el texto
que se adjunta y se considera parte de la presente;

CONSIDERANDO: I) que el objeto del convenio se enmarca en los cometidos
asignados al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente por la Ley N° 16.112, de 30 de mayo de 1990;

II) que este acuerdo permitirá iniciar un proceso de colaboración entre
los distintos organismos que actúan en el mercado en el otorgamiento de
créditos hipotecarios, aplicando sus recursos, su experiencia y
trayectoria en la instrumentación y ejecución de programas habitacionales
destinados a proveer de viviendas a distintos sectores de la población;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el numeral 9°
del artículo 3 de la Ley N° 16.112, de 30 de mayo de 1990;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la suscripción de los Convenios Marco, cuyo texto lucen
adjunto y se consideran parte de la presente Resolución, entre el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el
Banco Santander S.A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. y el Nuevo
Banco Comercial S.A., en su calidad de Instituciones de Intermediación
Financiera, con el objeto de acordar los términos y condiciones generales
que regirán su participación en el "Programa de Sistema de Subsidios de
Créditos Hipotecarios para Vivienda" implementado por el referido
Ministerio, de conformidad con los términos del Plan Quinquenal de
Vivienda para el período 2005-2009, aprobado por la Ley N° 17.930, de 19
de diciembre de 2005. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 En cada año fiscal el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente, no podrá destinar más del 25% del crédito del Fondo
Nacional de Vivienda al pago de subsidios a la cuota o al capital
asociados a préstamos otorgados por instituciones financieras sean éstas
públicas o privadas.

3

 Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente a sus efectos, cometiéndole la correspondiente comunicación al
Banco Santander S.A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. y al Nuevo
Banco Comercial S.A..

JOSE MUJICA - GRACIELA MUSLERA

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