DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 28/09/1999
Publicación: 07/10/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 889
VISTO: La Resolución del Poder Ejecutivo Nº 1.001 del 4 de octubre de
1996, la cual declaró Monumento Histórico la Iglesia Metodista Cristo
Científico con sus vitrales, la Biblioteca Nacional y el Liceo Francés.

RESULTANDO: I) que en la citada Resolución se individualizó la Iglesia
Metodista Cristo Científico, asignándole el padrón 99.022 fracción 001.

II) que las autoridades de la Tercera Iglesia de Cristo Científico
comunicaron a la Comisión del Patriomonio Cultural de la Nación, que la
denominación dada como Iglesia Metodista de Cristo Científico no se
corresponde con la actual y que el número de padrón es el 99.022/002.

III) que los servicios técnicos de la Comisión del Patrimonio Cultural de
la Nación ratificaron lo expuesto por las autoridades de la mencionada
comunidad religiosa.

CONSIDERANDO: I) que la resolución del Poder Ejecutivo Nº 1.001 de 4 de
octubre de 1996 se identificó en el literal C) al inmueble como Iglesia
Metodista Cristo Científico, padrón 99.022 fracción 001 con los vitrales
polícromos.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 del
20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario No. 536 del 1 de
agosto de 1972;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 1.001/996 de 04/10/1996 
numeral 1 literal c).

2

 COMUNIQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, al Registro de la
Propiedad Inmueble de Montevideo, a la Intendencia Municipal de
Montevideo, a la Junta Departamental de Montevideo, al Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, a la Dirección Nacional de Catastro, la
Administración de Educación Pública, a la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación, a las autoridades de la Tercera Iglesia de Cristo
Científico.

3

 CUMPLIDO, vuelvan los antecedentes a la Comisión del Patrimonio Cultural
de la Nación para su archivo.

SANGUINETTI - YAMANDU FAU
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